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Herencia de inmuebles en el Perú: proceso y costos

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Por el equipo de homelists.net
28 de mayo de 2026 · 7 min de lectura

La herencia de inmuebles en el Perú

La herencia de inmuebles es uno de los temas legales más frecuentes que enfrentan las familias peruanas. Según estimaciones, más del 40% de las propiedades en Lima tienen situaciones sucesorias pendientes de regularizar. Esto afecta la capacidad de vender, alquilar o hipotecar los inmuebles.

Dos vías: testamentaria e intestada

  • Sucesión testamentaria: El fallecido dejó un testamento válido. El proceso sigue las instrucciones del testamento dentro de los límites de la legítima (porción obligatoria para herederos forzosos).
  • Sucesión intestada: Sin testamento. El juez o notario determina los herederos según el orden establecido en el Código Civil (cónyuge, hijos, padres, hermanos, etc.).

El proceso de sucesión intestada notarial (el más usado)

  • Los herederos se presentan ante un notario con: DNI del fallecido, partida de defunción, partidas de nacimiento de herederos, partida de matrimonio si aplica
  • El notario publica edictos en el diario oficial y uno de amplia circulación (15–30 días)
  • Si no hay oposición, el notario emite el acta de declaratoria de herederos
  • El acta se inscribe en SUNARP
  • Costo total: S/1,500–S/3,500 aproximadamente
  • Plazo: 2–4 meses

Inscripción del inmueble en SUNARP

Una vez obtenida la declaratoria de herederos, los herederos deben inscribir la transferencia del inmueble a su nombre en SUNARP. Esto requiere: el acta notarial, pago de derechos de SUNARP (S/200–S/500) y el formulario correspondiente.

Impuestos en la herencia

El Perú no tiene un impuesto a la herencia específico (a diferencia de España o EE.UU.). Los herederos no pagan alcabala ni impuesto a la renta al recibir el inmueble por herencia. Solo pagarán cuando vendan el inmueble heredado (ganancia de capital = 5% sobre la ganancia).

Herencia con múltiples herederos

Si hay varios herederos, el inmueble queda en copropiedad. Para venderlo o hipotecarlo, todos los copropietarios deben estar de acuerdo. Si hay conflicto, el proceso puede volverse judicial y demorar años. La solución más práctica es que uno de los herederos compre la parte de los otros.

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